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Callao, 28 de mayo de 2026.

 

Ante el pronunciamiento emitido por gremios del sector aéreo y turístico sobre la TUUA de Transferencia del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, Lima Airport Partners (LAP), informa lo siguiente:
 

  1. La TUUA de Transferencia no es una decisión unilateral de LAP. Esta tarifa se encuentra contemplada en el Contrato de Concesión suscrito entre el Estado Peruano y LAP desde el año 2013 y su cobro quedó condicionado al inicio de las operaciones del nuevo terminal de pasajeros.

  2. Públicamente, las aerolíneas afirman que la aplicación de esta TUUA de Transferencia Internacional generaría un perjuicio para los pasajeros extranjeros que realizan su proceso de conexión en Lima. Sin embargo, las autoridades peruanas solicitaron a los gremios de las aerolíneas el sustento económico que respalde ese supuesto impacto a sus pasajeros y, hasta la fecha, dicha información no ha sido presentada. Este hecho refuerza la percepción de que la principal preocupación estaría centrada en el impacto sobre sus ingresos y no en una eventual afectación a sus viajeros.

  3. Es importante señalar que este cobro constituye una práctica común en la industria. No obstante, únicamente en el Perú, las aerolíneas decidieron no incorporar la TUUA de Transferencia Internacional en el ticket aéreo. Es decir, aplican un trato distinto al utilizado en aeropuertos de Europa, Estados Unidos, Brasil y/o Asia, etc.; afectando la experiencia de los pasajeros que hacen conexión en Lima. Esta situación viene afectando la experiencia y genera una percepción distorsionada respecto al costo real del viaje, obligándolos además a realizar procesos adicionales que podrían ahorrarse con solo integrar esta tarifa al boleto.

  4. Asimismo, llama la atención que en sus declaraciones no hagan referencia a otros cargos que las propias aerolíneas aplican a sus pasajeros como selección de asiento, equipaje o embarque preferente, cuyos montos superan ampliamente el valor de la TUUA de Transferencia Internacional.

  5. En relación con la Adenda N° 9, el proceso está siendo tramitado conforme al marco legal aplicable y no existe ningún vicio de ilegalidad. La normativa peruana establece expresamente reglas de transición que garantizan la continuidad y seguridad jurídica de los procedimientos iniciados antes de un cambio normativo.

  6. La judicialización de decisiones técnicas genera incertidumbre y pone en riesgo la estabilidad del sistema aeroportuario. Cuando los temas altamente especializados pasan a resolverse en tribunales, se afecta la seguridad jurídica, la planificación de inversiones y el desarrollo eficiente de la infraestructura aeroportuaria. Esto no solo impacta en las operaciones, sino también la competitividad y conectividad del país.

    Desde LAP reafirmamos nuestro compromiso con el fortalecimiento de la conectividad del Perú y la consolidación de Lima como un hub competitivo en la región. El nuevo aeropuerto representa una oportunidad histórica para impulsar el crecimiento del transporte aéreo, con infraestructura de estándares internacionales, mayor capacidad operativa e incentivos orientados a seguir atrayendo más rutas, aerolíneas y pasajeros al país.

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