Sobre el acceso a servicios higiénicos
Para Mujeres en su diversidad:
“Incluye a las niñas, adolescentes, adultas y adultas mayores; mujeres indígenas, nativas, originarias, afrodescendientes y mestizas; mujeres urbanas y rurales; mujeres heterosexuales, mujeres lesbianas, bisexuales, trans e intersex; mujeres con discapacidad física o mental; mujeres migrantes, refugiadas y desplazadas internas; mujeres viviendo con VIH; entre otras”.
Tomado de:
Decreto Supremo N° 008-2016-MIMP, que aprueba el “Plan Nacional Contra la Violencia de Género 2016 - 2021”.
Decreto Supremo N° 008 -2019-MIMP, que aprueba la “Política Nacional de Igualdad de Género”
Para Hombres en su diversidad:
“Incluye a los niños, adolescentes, adultos y adultos mayores; hombres indígenas, nativos, originarios, afrodescendientes y mestizos; hombres urbanos y rurales; hombres heterosexuales, hombres gays, bisexuales, trans e intersex; hombres con discapacidad física o mental; hombres migrantes, refugiados y desplazados internos; hombres viviendo con VIH; entre otros”.
Adaptado del concepto “Mujeres en su diversidad”