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Proceso de Viaje

Tarifas aeroportuarias

La tarifa aeroportuaria o Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto (TUUA) está relacionada con los diversos servicios prestados por LAP a los pasajeros en las instalaciones del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, durante las formalidades de despacho de pasajeros, equipaje, carga y correo.

Tarifa de conexión

Es la tarifa que se cobra a cada pasajero que utiliza al Jorge Chávez como punto de conexión entre 2 aeropuertos; el primero donde inicia su viaje y el de su destino final. Desde el 7 de diciembre del 2025 entró en vigor el cobro de esta tarifa para pasajeros procedentes de vuelos internacionales que siguen en ruta hacia otro destino internacional. Cabe precisar que la tarifa para pasajeros en vuelos nacionales no se viene aplicando, se encuentra suspendida y sujeta a una modificación contractual que se viene coordinando con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

El pago de la tarifa de conexión puede realizarse de manera anticipada en la plataforma de pago online o de manera presencial en los puntos de pago habilitados. En caso de pagos presenciales en efectivo, estos podrán efectuarse en soles o dólares. En caso corresponda entregar vuelto en monedas, este podrá ser entregado en soles o dólares dependiendo de la disponibilidad al momento del pago. Todas las transacciones efectuadas en soles se deberán realizar aplicando el tipo de cambio oficial vigente al día del pago.

Si por el contrario, desea hacer el pago de forma virtual, puede hacerlo desde acá:

Portal de pagos


Devoluciones de pagos de TUUA transferencia internacional

En caso el pasajero haya realizado un doble pago de la TUUA de Transferencia, podrá solicitar la devolución del mismo enviando un correo electrónico a: devoluciontuua@lima-airport.com. Para mayor información sobre nuestra política de devolución, revisar el siguiente link acá

Tarifa de salida

Es la tarifa que se cobra a pasajeros embarcados en el aeropuerto, que inicia su vuelo en lima y tiene a disposición los 32 servicios en el aeropuerto.

Tarifa InternacionalTarifa NacionalTarifa de Conexión Internacional
US$ 30.86US$ 12.41US$ 11.86
S/ - Tipo de cambio del díaS/ - Tipo de cambio del díaS/ - Tipo de cambio del día
La tarifa incluye IGV
icono de check

De acuerdo a lo dispuesto por OSITRAN (Resolución de Consejo Directivo Nº 011-2008-CD-OSITRAN y Oficio Nº 813-08-GS-OSITRAN), debe tenerse en cuenta que se permitirá un nuevo uso de la TUUA (rehabilitación) en los siguientes casos:

IMPORTANTE:Si abandona la zona restringida del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez deberá pagar nuevamente el monto de la TUUA a su reingreso, salvo en los casos de revalidación de la TUUA.

Tarifario Aeropuerto Jorge Chávez

A continuación puede descargar el detalle de las tarifas que se cobran en el Aeropuerto Jorge Chavez, tanto para servicios aeroportuarios como no aeroportuarios.

Descarga el documento aquí

Preguntas Frecuentes TUUA

Si tienes dudas sobre el pago de la TUUA de transferencia, puedes revisar nuestra sección de Preguntas Frecuentes, donde encontrarás las respuestas que necesitas. Solo haz clic aquí

¿No te informaron sobre el pago de la tarifa de Conexión Internacional?

Si tu aerolínea no te comunicó sobre la Tarifa de Uso de Aeropuerto (TUUA), puedes presentar un reclamo ante la autoridad de protección al consumidor de tu país, estos son los links de las entidades por cada país:


De acuerdo a lo dispuesto en el segundo párrafo del inciso c) del párrafo 6.3 del artículo 6 del Decreto Legislativo N.° 1372 y en el párrafo 7.3 del artículo 7 del Decreto Supremo N.° 003-2019-EF, se comunica que LIMA AIRPORT PARTNERS S.R.L. ha realizado los mecanismos razonables para obtener la información del beneficiario final, considerando los criterios de propiedad y control previstos en los literales a) y b) del párrafo 4.1 del artículo 4 del Decreto Legislativo 1372 y en los párrafos 5.1 al 5.4 de su Reglamento y documentado estos, respectivamente. Sin embargo, no ha sido posible identificar al beneficiario final bajo los criterios señalados en el párrafo precedente por lo que hemos considerado como beneficiario final a las personas naturales que ocupan los puestos administrativos superiores.